Por Dionisio de la Cruz Camargo.
Los valores entran por casa. Desde el punto de vista empresarial, la casa es la empresa.
La lucha contra la corrupción económica protege la reputación de las empresas y no debe convertirse en una moda por los escándalos de coyuntura, sino que debe implantarse como una cultura de legalidad. Las cíclicas crisis económicas han enseñado que las empresas privadas o públicas pueden recuperar el dinero perdido por un mal año de gestión, de comportamiento económico o por el reacomodo normal de los mercados debido a la entrada de nuevos jugadores, pero recuperar la reputación es muchas veces una tarea imposible.
En este sentido, la prevención se constituye en una estrategia eficaz de protección de uno de los activos más valioso de las empresas.
No solo nos referimos a prevenir la gestación y realización de conductas corruptas desde las empresas sino también las conductas anticompetitivas que pueden afectar a las empresas tanto como las primeras. Así, un programa de cumplimiento hecho a la medida se convierte en una eficiente herramienta para enfrentar adecuadamente los riesgos de incurrir en conductas anticompetitivas, pero además, se puede tornar en un mecanismo de defensa frente a las investigaciones que pueda emprender la autoridad de competencia.
En efecto, un adecuado programa de cumplimiento permite insertar la cultura del cumplimiento de las leyes de competencia, que va desde implantar normas de conducta al interior de la empresa, así como frente a sus competidores, proveedores y clientes, establecer procesos que permitan la detección temprana de escenarios de riesgos y proponer sus soluciones, diseñar procesos claros y programas de capacitación permanente a los funcionarios, de acuerdo al sector donde se desenvuelva la empresa y el mercado donde compite.
Si bien cumplir la ley sin más debería ser suficiente estímulo hacia las empresas para desarrollar herramientas de prevención para evitar la comisión de conductas anticompetitivas, la ley otorga el margen suficiente para que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) valore esta conducta como un factor favorable al momento de evaluar la aceptación de las garantías propuestas por los investigados para el archivo de la investigación, de imponer condicionamientos a operaciones de integraciones económicas que restrinjan la competencia o, incluso, al momento de fijar las multas por violación de las normas que de libre competencia.
Pero se debe ser muchos más agresivo y estimular que desde la empresa se cuide al mercado y se minimicen los riesgos a los que están sometidas las empresas por decisiones muchas veces inconsultas, otras desinformadas que traen consecuencias nefastas para su buen nombre y reputación, para esto se debe modificar la ley de competencia y, entre otros aspectos, fijar estímulos para cumplir la ley que vayan más allá de la imposición de cuantiosas multas y diseñar un sistema que premie el compromiso con la legalidad.
El mercado colombiano tiene la madurez suficiente para pasar de solamente multar a premiar a quienes se esfuerzan por respetar a los consumidores y al mercado y esto debe verse reflejado en la ley y las decisiones de la autoridad.
*Acá puedes leer artículo original Asuntos Legales.