Editorial elaborada y redactada por el Dr. Emilio José Archila el 4 de noviembre de 2008 para el periódico Portafolio. A continuación puedes leer la misma dando clic aquí.
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Si usted es juez o arbitro lea bien lo pretendido, pues podría encontrarse en un escenario que arriesgue la congruencia en la decisión por confundir estas figuras.
Columna de opinión del Dr. David Toro Ochoa para el portal Asuntos Legales. Septiembre 2 de 2020. Defendamos la…
-Conceptos. -Representación, denuncia o defensa, según sea el caso, ante autoridades administrativas o jurisdiccionales. -Diseño e implementación de sistemas…
Bogotá 22/04/2019. Artículo escrito por el Dr. Dionisio de la Cruz Camargo para el diario La República. Siempre…
Mediante la sentencia C 583 de 2015 la Corte Constitucional declaró exequible el artículo 24 de la Ley 1480…
Se previó en la ley 1480 de 2011 (estatuto de protección al consumidor) que cuando en un proceso jurisdiccional…